A casi un año del derrumbe fatal en bulevar San Juan, la Justicia dispuso la imputación por estrago culposo agravado al director técnico de la obra, el arquitecto Federico Yañez y al encargado de construir el muro de revestimiento, el ingeniero civil Guillermo Juri.
A casi un año del derrumbe fatal en bulevar San Juan, la Justicia dispuso la imputación por estrago culposo agravado al director técnico de la obra, el arquitecto Federico Yañez y al encargado de construir el muro de revestimiento, el ingeniero civil Guillermo Juri.
Con este acto jurídico la fiscal de instrucción Celeste Blasco entiende que los acusados habrían incurrido en un delito contra la seguridad pública por imprudencia, negligencia o impericia. El 17 de mayo del 2025, falleció Ramiro Alaniz Cortés y ocho personas sufrieron heridas.
Se espera que Yañez y Juri sean indagados en las próximas horas. Si se mantiene esta figura legal los imputados podrían recibir una pena de prisión de uno a cinco años.Derrumbe en bulevar San Juan: el peritaje oficial apuntó a fallas técnicas en la obraPorRedacción La Voz
La decisión fue adoptada por la fiscalía tras el análisis de todo el material probatorio que se recolectó en los últimos meses. Se presume que la pericia técnica oficial fue un instrumento clave para determinar las causas del desprendimiento del revestimiento de la fachada Este del edificio María Reina V.

El peritaje oficial sobre el derrumbe parcial de una pared del edificio determinó que la caída de un enorme bloque de ladrillos se debió a deficiencias de diseño, ejecución y seguimiento técnico del revestimiento de la fachada Este.
Además, sostuvo que el fenómeno meteorológico producido en esa noche de mayo pasado actuó como desencadenante inmediato, pero no como causa autónoma suficiente para explicar el colapso.
De esta manera, el documento oficial firmado por el ingeniero Pedro Huerta Soaje puso el foco en las fallas técnicas y, por consiguiente, en las posibles responsabilidades que les corresponderían a las personas que estuvieron a cargo de la construcción de la obra.
Finalmente la Fiscalía del Distrito 1 Turno 5 consideró que Yañez y Juri debieron haber adoptado otras medidas técnicas para evitar fallas en la construcción.
Aún no se han producido otras medidas complementarias a la imputación. Solo si se considera que pueda existir un entorpecimiento en la investigación se avanzaría en una acción cautelar.
Cadena de responsabilidades
La Justicia deberá determinar el grado de responsabilidad de los imputados y posiblemente de otros sujetos sobre los que podrían recaer alguna sospecha.
Se entiende que al director técnico de obra le cabe la máxima responsabilidad técnica, civil y penal de la construcción, pues es el encargado de asegurar que la obra se ejecute fielmente conforme a los planos, proyectos, normas de seguridad y calidad, representando al dueño del proyecto frente a la empresa constructora.
La fiscalía tiene en su poder el libro de obra, un registro detallado que, en caso de un accidente o un problema de otra índole, puede ayudar a determinar las causas y adoptar medidas para evitar que se repitan.
Este documento legal contiene información de todo lo que ocurre en una obra de construcción, desde la planificación hasta la finalización, incluyendo cambios, incidencias y autorizaciones.
En este sentido será clave la indagatoria para determinar que procedimientos se tuvieron en cuenta y cuáles no. Allí los imputados podrán presentar otras pruebas que hasta el momento no se encuentran incluidas en la causa.Seguridad Estructural, la decisión pendientePorRedacción La Voz
Una noche trágica
El 17 de mayo de 2025 un enorme bloque de ladrillos de un edificio de 15 pisos sobre bulevar San Juan al 600 cayó sobre una vivienda y un bar, lo que provocó una tragedia casi sin precedentes en la ciudad de Córdoba.
Uno de los clientes del bar Posto, Ramiro Alaniz Cortés, falleció en el lugar atrapado por los escombros. Además hubo varios heridos y graves daños materiales.

Los testigos contaron que se sintió un fuerte estruendo, se cortó la luz del lugar y comenzaron a recibir «golpes» sobre sus cuerpos. Algunos escaparon por una de las ventanas con la colaboración de los socorristas.
Duelo y reconfiguración
Además del duelo de la familia de la víctima fatal, el desastre obligó a una reconfiguración habitacional para los inquilinos de la planta alta de la casa lindera. Después de varias semanas sin sitio dónde ir, consiguieron alquilar un departamento en el Centro.
Sin embargo perdieron todas sus pertenencias, algunas de las cuales fueron robadas tiempo más tarde de la escena del hecho. Habían solicitado una habilitación de la Justicia «para recuperar el ajuar y los bienes personales destruidos», pero fue rechazada.
También los dueños del bar Posto (que funcionaba desde 2022 en el lugar) decidieron su cierre ante la imposibilidad de reconstruir el local en el corto plazo. Nunca pudieron recuperar su mobiliario ni mercadería.
Por añadidura los vecinos del sector –principalmente los comerciantes– se vieron afectados por el cierre del tránsito por temor a un nuevo desprendimiento y luego por la demolición controlada. Sus ventas se redujeron drásticamente durante varios meses.
El abogado Carlos Nayi actúa desde la querella en representación de María Eugenia Sarmiento, propietaria de la casa colindante al edificio que terminó con una destrucción total.
Deudas y reclamo
En paralelo a la investigación penal, varios damnificados realizaron presentaciones judiciales con el objetivo de obtener un resarcimiento por daños.
La ley considera que si un suceso afecta la tranquilidad, dignidad o afectos legítimos, existe un daño moral que debe ser reparado. Además se prevé un pedido de lucro cesante por los días que estuvieron imposibilitados de trabajar.
Con respecto a los daños materiales ya hubo un reclamo judicial a las compañías de seguros.
La voz el Interior 9-4-2026
El peritaje oficial sobre el derrumbe parcial de una pared del edificio María Reina V, en la zona céntrica de la ciudad de Córdoba, determinó que la caída de un enorme bloque de ladrillos se debió a deficiencias de diseño, ejecución y seguimiento técnico del revestimiento de la fachada Este. Además, sostuvo que el fenómeno meteorológico producido en esa noche de mayo pasado actuó como desencadenante inmediato, pero no como causa autónoma suficiente para explicar el colapso.
De esta manera, el documento oficial firmado por el ingeniero Pedro Huerta Soaje puso el foco en las fallas técnicas y, por consiguiente, en las posibles responsabilidades que les corresponderían a las personas que estuvieron a cargo de la construcción de la obra.
La tragedia del edificio de bulevar San Juan al 600, barrio Güemes, provocó la muerte de una persona, lesiones en otras siete y grandes daños materiales.
La fiscal Celeste Blasco, a cargo de la Fiscalía de Instrucción del Distrito 1 Turno 5, confirmó a La Voz que están analizando la prueba. Hasta el momento no hay imputaciones, pero se descuenta que las mismas ocurrirán pronto, junto a nuevas medidas accesorias.Derrumbe fatal en Córdoba: por dentro, el primer video del bar tras la caída de toneladas de ladrillosPorRedacción La Voz
Del peritaje se desprende que el origen del colapso fue la inestabilidad elástica, generada por las roturas progresivas de vínculos frágiles, lo que «incrementó la esbeltez» hasta un punto suficiente para que un fuerte viento hiciera colapsar la fachada.
«La adopción de una fachada autoportante sin la adecuada provisión de armadura horizontal integrada a la mampostería y anclajes de acero vinculados al pórtico Este, la ausencia de controles periódicos de su desempeño, la falta de consideración de antecedentes internacionales sobre el comportamiento de revestimientos de ladrillo visto frente a acciones dinámicas del viento y la inexistencia de un protocolo de mantenimiento específico configuraron un escenario de daño progresivo», entendió Huerta Soaje.
Y agregó: «Las acciones del viento que actuaron el día del siniestro, aun cuando intensas, se inscriben dentro de fenómenos atmosféricos que habían ocurrido previamente en la ciudad y que debieron haberse previsto en el proyecto. En tal contexto, el colapso parcial de la mampostería no puede atribuirse exclusivamente a la magnitud del evento meteorológico, sino a la pérdida gradual de estabilidad del sistema de fachada, cuya degradación era técnicamente previsible y, mediante medidas constructivas y de control adecuadas, evitable».

En consecuencia, entendió el perito, el siniestro debe entenderse como el desenlace de un proceso progresivo de debilitamiento estructural que, de haberse observado los estándares técnicos, las prescripciones reglamentarias vigentes a la fecha de diseño y construcción, y las prácticas de control recomendadas, razonablemente podría haberse evitado.
El peritaje, que aporta información técnica a la Justicia para ayudar a comprender el hecho, comenzó en septiembre pasado y finalizó días atrás.Comienza el peritaje oficial por el desplome en el edificio de bulevar San JuanPorRedacción La Voz
El perito, junto a personal técnico del Centro de Vinculación de Ensayos No Destructivos y de Evaluación de Obras de Infraestructura Civil, perteneciente a la Facultad de Ciencias Exactas, Físicas y Naturales de la Universidad Nacional de Córdoba (UNC), actuó como auxiliar del Poder Judicial utilizando sus conocimientos para analizar pruebas, responder preguntas del fiscal o las partes y elaborar un informe que sirva como elemento de prueba en el proceso.
«De los antecedentes analizados, de la evidencia relevada en obra y de los estudios aerodinámicos desarrollados y documentados en el presente informe y sus anexos, surge que el siniestro no constituyó un hecho imprevisible ni inevitable, sino la consecuencia de una serie de decisiones técnicas y omisiones acumuladas a lo largo del tiempo», puede leerse en otro tramo de la pericia.A 6 meses del derrumbe de bulevar San Juan, no se sabe qué pasó en esa noche trágicaPorRedacción La Voz
La lupa en la fachada Este
El documento explicita que la fachada Este se construyó con mampostería de ladrillo visto autoportante, es decir, sin vinculación estructural sistemática y específicamente dispuesta a la estructura principal. Esto significa que todo su peso se descargaba sobre su fundación, independiente de la estructura principal.
«El muro era de geometría esbelta, sensible al pandeo por ser de reducido espesor (0,125 metros de espesor y 45 mts. de altura) y su estabilidad dependía de la contención aportada por la estructura principal. Al tratarse la mampostería de un elemento estructural frágil, conformado por ladrillos asentados con mortero cementicio (material con muy reducida capacidad de resistencia a la tracción y elevada resistencia a la compresión), su integridad se fue deteriorando progresivamente al ser sometida a distorsiones en su plano», explicó Huerta Soaje.
Y sumó un dato clave del relevamiento en el lugar: tras la demolición del revestimiento se relevaron únicamente 30 anclajes. El especialista dijo que un cálculo sencillo indica que deberían haberse dispuesto al menos 231 anclajes, distribuidos de manera sistemática en columnas y vigas o losas, para asegurar el comportamiento estructural esperado.

También expresó que aun encontrándose el edificio en zona sísmica 1, el revestimiento no contó con armadura integrada al propio muro ni anclajes robustos densamente distribuidos en toda su superficie, vinculados a la estructura principal.
Tampoco se consideraron adecuadamente las consecuencias asociadas a la flexibilidad global del edificio. «Las deformaciones repetidas y frecuentes inducidas por acciones como los fuertes vientos generan en las aristas extremas del edificio movimientos diferenciales significativos entre el muro de fachada y la estructura principal, fenómenos que no se manifiestan con la misma magnitud en edificios con plantas sustancialmente menos alargadas», indicó en el informe.
En resumen, Huerta Soaje manifestó que que las previsiones constructivas adoptadas para garantizar la estabilidad, resistencia y ductilidad de la fachada, adherida a un edificio sensible a las acciones del viento consistieron en una mampostería autoportante de ladrillo visto, vinculada a la estructura principal mediante conexiones frágiles. «Esta solución constituye un claro indicio de que el constructor no evaluó en profundidad las consecuencias estructurales de las previsiones constructivas adoptadas, las cuales resultaban novedosas para nuestra ciudad», apuntó.
El comportamiento del viento
Según el informe pericial, el 17 de mayo pasado se registró un evento de viento intenso, caracterizado por ráfagas sistemáticas que comenzaron aproximadamente media hora antes del colapso.
No era la primera vez que los habitantes de la zona experimentaban este tipo de circunstancias extremas, ya que se habían producido con anterioridad numerosos episodios de vientos de similares características, en muchos casos con duraciones superiores a los 30 minutos.
El Servicio Hidrometeorológico de la Universidad Nacional de Córdoba informó que este tipo de eventos de vientos intensos ha sido registrado de manera sistemática en los últimos años, con una frecuencia aproximada de cinco episodios anuales, una duración promedio cercana a los 30 minutos y, en numerosas oportunidades, con duraciones que superaron ampliamente dicho valor, prolongándose por más de una hora.

«Durante los últimos cuatro años se registraron en la ciudad 25 eventos de viento huracanado, con velocidades superiores a 85 km/h y duraciones mayores a 40 minutos. Considerando que el edificio cuenta con 13 años de servicio, resulta razonable inferir que la cantidad de eventos de viento intenso a los que fue sometido fue significativa, en un contexto de cambios climáticos recientes que han incrementado tanto la frecuencia como la intensidad de este tipo de solicitaciones en la ciudad de Córdoba», adicionó el perito.
Deformación y efecto Venturi
En el edificio María Reina V, la mampostería de la fachada Este se encontraba vinculada a la mampostería interior únicamente en el piso 15, mientras que en el resto de los niveles estaba separada de la mampostería interior mediante una cámara de aire.
Dado que la conexión entre el pórtico, la mampostería interior y la fachada Este existía exclusivamente en dicho nivel, este desplazamiento diferencial provocó que el pórtico arrastrara hacia abajo a la mampostería de ladrillo visto, transfiriéndole parte de las cargas gravitatorias que naturalmente eran soportadas por el pórtico de la fachada. Esta transferencia de carga indujo a la mampostería a deformarse fuera de su plano debido a la esbeltez propia del revestimiento, curvándose hacia el exterior, particularmente en aquellos sectores donde se observó que fallaron los vínculos frágiles que la conectaban con la estructura principal del edificio.Estaban detrás del joven fallecido en el derrumbe y sobrevivieron: “Queremos justicia por Ramiro”PorRedacción La Voz
Además, el edificio María Reina V, en conjunto con el vecino edificio San Sebastián, configuró un desfiladero urbano que interceptaba los vientos intensos provenientes del Sur y los redireccionaba hacia dicho pasaje, cuyo plano inferior estaba conformado por la vivienda colindante. Esta configuración geométrica generó un entorno propicio para el desarrollo de un efecto Venturi, con aceleraciones locales significativas del flujo de aire «significativamente superiores a las del viento incidente, compatibles con regímenes de viento extremo».

Foco en la empresa constructora y profesionales
«Desde el punto de vista técnico-profesional, la dirección técnica y la representación legal de la empresa constructora debieron haber advertido la fragilidad constructiva introducida por la solución adoptada, así como el incumplimiento de las prescripciones reglamentarias de diseño sísmico según el reglamento del Instituto Nacional de Prevención Sísmica (Inpres) y el Centro de Investigación de los Reglamentos Nacionales de Seguridad para las Obras Civiles (Cirsoc) número 103 (1991)», entendió Huerta Soaje.
En la misma línea, sostuvo que la solución adoptada para el revestimiento de la fachada, debido a su configuración y modo de funcionamiento estructural, permanecía oculta durante la vida útil normal de la edificación y no resultaba detectable mediante pericias técnicas habituales con anterioridad al colapso.
La empresa que desarrolló el edificio es Fito SRL, propiedad de Rodolfo Correa, firma que opera en la ciudad de Córdoba desde hace 20 años. Para ejecutar las obras contrata a constructores y otros profesionales. En el caso del edificio María Reina V, un arquitecto realizó el proyecto y la dirección técnica; una contructora, la fundación y estructura, y para los trabajos de mampostería y el revestimiento de ladrillo visto se contrató a otra empresa.
Freno al plan de remediación
Fuentes de la Municipalidad de Córdoba informaron que el consorcio de propietarios del edificio María Reina V presentó un plan de remediación de la medianera, el cual plantea incorporar estructuras provisionales en la casa colindante que quedó destruida.
Sin embargo, desde el Palacio 6 de Julio se solicitó una autorización expresa del dueño de ese terreno o por vía judicial, como paso previo para aprobar la solicitud.
Se espera que en las próximas semanas se pueda destrabar este impedimento.
03 de marzo de 2026, la voz del interior